lunes, 23 de marzo de 2009

Hay mejoras en atención al público en la MPT

Presidencia del Consejo de Ministros lo reconoce

Los procedimientos administrativos que los ciudadanos siguen ante la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT) han mejorado. Eso se refleja en la reducción de costos y tiempos, especialmente en los trámites relacionados a la Ley N° 29060, en la que se privilegia la atención de los procedimientos sujetos a silencio positivo.
La Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros acaba de publicar una relación de las entidades públicas del país que han cumplido con realizar tales mejoras y la de Trujillo es una de las cuatro municipalidades provinciales que aparecen en tal publicación, junto a Barranca, Huaral y San Martín.
“A nivel de La Libertad, la MPT es la única institución que se encuentra en este reporte”, puntualizó el gerente general Manuel Llempén Coronel.
La relación incluye a ministerios, gobiernos regionales, organismos constitucionales autónomos, organismos públicos, universidades, entre otros, a los que se les solicito información comparativa de los procedimientos del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente, con el anterior.
La información fue requerida a través de la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Concejo de Ministros –la cual fue remitida por la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización de la MPT, en coordinación con las instancias superiores– que, luego de la evaluación respectiva, reconoce el esfuerzo y mejoras para ofrecer una atención oportuna en los trámites que hacen los ciudadanos ante la MPT.
Según la información detallada de la Secretaria de la Gestión Pública –Presidencia del Concejo de Ministros–, se han simplificados 98 procedimientos. De éstos, se han reducido 27 requisitos y tasas en 65 procedimientos; en la aplicación de la Ley del Silencio Administrativo se han convertido 23 procedimientos en positivo y se han eliminado 42 requisitos.
Por ejemplo, para los trámites de cambio de giro y/o área de establecimiento, antes se pedían 9 requisitos y ahora sólo 2; para la instalación de toldos, anuncios y/o panel simple, antes había 6 requisitos y en el nuevo TUPA solo hay 2.
En la actualidad, para la elaboración del TUPA, la MPT ha dado cumplimiento al Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, donde se aprueban lineamientos para la elaboración y aprobación del TUPA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo.
Es necesario mencionar que de conformidad con el Art. 9 y la disposición transitoria complementaria y final sétima de la Ley Nº 29060, se exige a las entidades justificar los procedimientos del TUPA ante la Presidencia del Consejo de Ministros.